Decreto de la Virgen del Rosario de Tama

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Protocolo N° 130/2024

Ref: Virgen del Rosario Patrona de la Evangelización de La Rioja

Dante Gustavo Braida

por la Gracia de Dios y de la Santa sede Apostólica

Obispo de La Rioja en la República Argentina

VISTO

La petición realizada, en el año 2022, por la Parroquia Nuestra Señora del Rosario, de la localidad de Tama, en el departamento Ángel Vicente Peñaloza, de reconocer a la Bienaventurada Virgen María bajo la mencionada advocación, como patrona de la Evangelización de La Rioja.

La nueva solicitud recibida por parte de la comunidad parroquial de Tama el pasado l7 de septiembre.

Que corresponde al Obispo Diocesano toda la potestad ordinaria, propia e inmediata que se requiere para el ejercicio de su función pastoral (canon 38l §l)

CONSIDERANDO

Que la devoción a la Virgen del Rosario en la localidad de Tama, se remonta a1año del Señor de 1585, cuando los primeros Frailes Dominicos se establecieron en dicha ciudad.

La presencia desde hace 435 años de una imagen de la Virgen del Rosario pintada al óleo y que aún se conserva en el templo parroquial, y que los primeros misioneros utilizaban para animar la conversión y el bautismo. Como también la presencia de otras imágenes antiguas de la misma advocación y que son de gran veneración por el pueblo de Dios.

El comprobado fervor de los fieles a esta advocación mariana, como la extendida devoción del pueblo riojano al rezo cotidiano del santo rosario.

La recepción positiva y fervorosa de su Imagen en las distintas visitas que ha realizado a varias parroquias de la diócesis en los últimos tres años.

Oído el parecer del Consejo Presbiteral (canon 595) y del Consejo Pastoral Diocesano (Cánones 511 ).

RESUELVO

l.- DECLARAR a la Bienaventurada Virgen María, bajo su advocación de Nuestra Señora del Rosario de Tama Patrona de la Evangelización de La Rioja.

2.- INVITAR a las parroquias de la Diócesis a animar la piedad mariana del pueblo riojano de manera particular en la Advocación de Nuestra Señora del Rosario (canon 1186).

3.- COMUNICAR a quien corresponda, dar al Registro Oficial de Curia, publicar en el Boletín Diocesano y archivar.

Dadas en La Rioja, a veinticinco días del mes de Septiembre del año del Señor dos mil veinticuatro.-

Por mandato del Sr Obispo